El INEI coordinará con el MINEM y el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico, la ejecución del Censo Nacional de la Pequeña Minería y Minería Artesanal. Este proceso deberá iniciarse en un plazo máximo de seis meses desde la entrada en vigencia de la Ley N° 32537 y culminar en un periodo no mayor de doce meses.
Los mineros inscritos en el REINFO tendrán 120 días para actualizar y precisar la ubicación real de sus operaciones mediante información georreferenciada, la cual deberá presentarse a través de la Ventanilla Única de Formalización Minera del MINEM. En paralelo, los gobiernos regionales contarán con 60 días para remitir toda la documentación correspondiente.
Asimismo, el MINEM validará la información presentada y podrá solicitar aclaraciones adicionales. Por su parte, la Sunafil tendrá un plazo de 60 días para establecer los mecanismos que garanticen la inclusión de los trabajadores mineros en planilla, conforme a la normativa laboral vigente.
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