La Municipalidad Provincial Hualgayoc - Bambamarca, aprobó y publicó la Ordenanza Municipal Nº 012-2020-MPHB, que AUTORIZA la circulación de Vehículos Menores (MOTOTAXIS) durante la Emergencia Sanitaria, en la ciudad de Bambamarca, bajo las siguientes condiciones:
1. La circulación de los vehículos se realizará de la siguiente manera:
Días Impares, último dígito de la placa IMPAR.
Días pares, último dígito de la placa PAR.
Ejemplo:
Jueves 11 de junio, circularán las mototaxis cuyo último DÍGITO de su placa termine en: 1, 3, 5, 7 y 9 (IMPAR).
Viernes 12 de junio, circularán las mototaxis cuyo último DIGITO de su placa termine en: 0, 2, 4, 6 y 8 (PAR)
Y así sucesivamente.
2. Solo se puede transportar máximo dos (02) pasajeros.
3. El horario del servicio público será desde las 04:00 de la mañana hasta las 08:00 de la noche.
4. El conductor del vehículo está obligado a portar mascarilla, alcohol y un spray o aspersor de 01 litro con desinfectante.
5. La mototaxi debe contar con una división transparente impermeable o panel de protección sanitaria detrás del conductor, que impida contactarse con los pasajeros.
6. El conductor está obligado a colocar el número de Placa Vehicular en un lugar visible al interior y exterior de la mototaxi con color de fondo que la Municipalidad le asigne.
7. La cabina de los pasajeros debe estar totalmente ventilada.
8. El conductor está obligado a desinfectar su vehículo antes de iniciar su jornada de servicio, así como desinfectar la parte interna del vehículo luego de prestar el servicio a cada pasajero.
9. El conductor deberá portar toda la documentación respectiva como es: La tarjeta de propiedad vehicular, SOAT, permiso de circulación vigente y licencia de conducir.
Apartir del día jueves 11 de junio iniciamos con los operativos preventivos y educativos, por parte de la Subgerencia de Transportes.
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