Fallo ordena que el Poder Judicial y Tribunal Constitucional revisen el beneficio penitenciario otorgado al expresidente a raíz de una serie de cuestionamientos en el proceso. El Estado y los abogados de las víctimas tienen hasta el 29 de octubre para informar su cumplimiento.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) ordena al Estado peruano revisar la legalidad del indulto otorgado al ex presidente Alberto Fujimori, quien fue condenado por corrupción y violación de derechos humanos, tras identificar una serie de cuestionamientos que vulneran las sentencias internacionales que emitió este tribunal por los casos Barrios Altos y La Cantuta.
El Estado peruano "no ha dado cumplimiento total a la obligación de investigar, juzgar y, de ser el caso, sancionar las graves violaciones a los derechos humanos" cometidas en los casos Barrios Altos y La Cantuta durante el gobierno de Fujimori, sentencia el fallo del tribunal internacional.
La Corte IDH identifica "serios cuestionamientos" en el indulto otorgado al ex mandatario Fujimori, entre ellos la conformación de la Junta Médica Penitenciaria, "diferencias sustanciales" entre los documentos entregados por este grupo de trabajo y que la solicitud fuera presentada durante el primer intento de vacancia contra el expresidente Pedro Pablo Kuczynski.
El fallo ordena que el indulto sea sometido a un control constitucional en el Perú que estará a cargo del Poder Judicial y el Tribunal Constitucional, según explicó el ex fiscal Avelino Guillén. El Estado peruano está obligado a presentar un informe sobre la revisión del beneficio penintenciario a más tardar el próximo 29 de octubre.
"Esta Corte considera conveniente que los órganos jurisdiccionales peruanos competentes puedan pronunciarse al respecto [del indulto], para efectuar un análisis que tome en cuenta los estándares expuestos en la resolución y los serios cuestionamientos", explica la sentencia.
Si bien la Corte IDH no anula el indulto, este tribunal explica que podrá revisar la decisión del Poder Judicial y el Tribunal Constitucional para corroborar que es acorde a la sentencia en los casos Barrios Altos y La Cantuta, o si "constituye un obstáculo para el cumplimiento de la obligación de investigar, juzgar, y de ser el caso, sancionar" a los responsables de las matanzas.
"Si la Corte IDH se pronunció de manera categórica sobre el indulto a Fujimori, no se entiende por qué el fallo traslada el problema a la justicia peruana. La sentencia le dice a los deudos de las víctimas que presenten una acción de amparo. La justicia peruana va a tener que decir lo mismo [rechazar el indulto], pero hay unos meses de inestabilidad", aseguró Guillén.
Gloria Cano, defensora de los familiares de las victimas, explicó que la sentencia reconoce que "el Estado podía haber resuelto, por eso le ha dado ahora un plazo para que realice un control constitucional interno". La abogada además afirmó que "el fallo es un paso porque desarrolla el estándar que el Ejecutivo debió tener en cuenta al momento de otorgar el indulto".
La Corte IDH, en el punto 52 de la resolución, señala que las autoridades de un Estado deben "valorar proporcionalmente cuál es la medida de carácter administrativo o figura jurídica que permita protegar la vida y la integridad" de un condenado que necesite atención médica, siempre que estas medidas "no signifiquen únicamente dejar de asegurar la ejecución de la pena".
El fallo incluso resalta que, si bien hay avances en el cumplimiento de las sentencias de los casos Barrios Altos y la Cantuta, "la ejecución de la pena también forma parte de dicha obligación y que durante la misma no se deben otorgar beneficios de forma indebida que puedan conducir a una forma de impunidad".
"La ejecución de las sentencias es parte integrante del derecho al acceso a la justicia de las víctimas", subraya la Corte IDH.
Efecto vinculante
El fallo de la Corte IDH se conoce cuatro meses después de realizada la audiencia de control de cumplimiento en Costa Rica, la cual tuvo como objetivo indagar si el indulto humanitario otorgado por el expresidente Pedro Pablo Kuczynski, en diciembre del 2017, atenta contra los compromisos asumidos por el Perú para sancionar a los responsables de violaciones de derechos humanos durante el mandato de Fujimori.
En los años 2001 y 2006, la Corte IDH determinó que el Estado peruano, durante el gobierno de Fujimori, fue responsable de la desaparición de nueve estudiantes y un profesor de la Universidad La Cantuta; y del asesinato de 16 personas, entre ellas un niño de ocho años, en Barrios Altos. En el 2009, el Poder Judicial de Perú condenó al exmandatario a 25 años de prisión como autor mediato de ambas matanzas.
"La Corte IDH ha recogido las observaciones presentadas por los familiares de las víctimas y ordena que el Estado peruano resuelva esta controversia a través del Tribunal Constitucional, con la recomendación de seguir estos argumentos", explicó Carlos Rivera, director del Instituto de Defensa Legal (IDL) y abogado de los deudos.
La decisión de la Corte IDH es de carácter obligatorio para el Estado peruano. La medida fue notificada también a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y los abogados de las víctimas, quienes solicitaron la intervención del organismos supranacional.
La semana pasada, el actual mandatario Martín Vizcarra aseguró que el Ejecutivo acatará el fallo del tribunal internacional ; mientras que el titular del Poder Judicial, Duberlí Rodríguez, ya ha manifestado la posición de su entidad al confirmar que la decision de la Corte IDH es vinculante.
Indulto e irregularidades
Se identificó una serie de irregularidades durante el proceso que culminó en el indulto y derecho de gracia para el mandatario. El cuaderno de visitas del penal de Barbadillo reveló coordinaciones secretas entre Alberto Fujimori y diversos congresistas que se opusieron al primer intento de vacancia contra el por entonces presidente Kuczynski.
Las investigaciones también determinaron los vínculos de funcionarios claves en el indulto a Fujimori -el más rápido otorgado por el gobierno de Kuczynski- con el entorno del exasesor Vladimiro Montesinos; además de la presencia del doctor de cabecera de Fujimori en el equipo médico que recomendó la liberación del exmandatario, a pesar de que fue impedido de ocupar este cargo en 2013 por la Comisión de Gracias Presidenciales.
Elizabeth Zalazar (Ojo Público)
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