El Jurado Nacional de Elecciones emitió la Resolución N° 2873-2018-JNE, en la que determina devolver los expedientes de exclusión de candidatos, cuyos pronunciamientos no han sido vistos en audiencia pública hasta el 7 de setiembre y para que el Jurado Electoral Especial disponga la anotación marginal y la remisión de copias de los actuados pertinentes al Ministerio Público.
Como se sabe, las tachas contra un candidato o lista de candidatos, así como los procedimientos de exclusión, se resuelven hasta treinta (30) días calendario antes de la elección correspondiente; es decir, hasta el día 7 de septiembre. Vencido el plazo, únicamente da lugar a las anotaciones marginales en la Declaración Jurada de Hoja de Vida y a que el Jurado Nacional de Elecciones remita los actuados al Ministerio Público, para que proceda de acuerdo con sus atribuciones.
Lo anterior significa, que los procedimientos de exclusión no implica el retiro del candidato si los mismos no han quedado firmes hasta la fecha máxima para resolverlos. En el caso del candidato a la alcaldía provincial de Hualgayoc por Alianza Para el Progreso, Hernán Vásquez Saavedra, el día 6 de septiembre, el Personero Legal Alterno, Miguel Silva, interpuso recurso de Apelación contra la Resolución N° 00861-2018-JEE-CHTA/JNE que declara la exclusión del candidato, por considerar que esta no se ajusta a derecho y se habría incurrido en errores. Dicha apelación se realizó dentro del plazo, sin embargo, ya no ha sido vista en audiencia pública; por lo que, el Jurado Electoral Especial únicamente realizará la anotación marginal.
Con la publicación de la reciente resolución; el candidato Hernán Vásquez continúa en carrera política y espera que el Ministerio Público, enmiende el error en el que habría incurrido el Jurado Electoral Especial de Chota.
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