Medida regirá durante 60 días a partir del 25 de setiembre
El Ejecutivo prorrogó el estado de emergencia en la provincia de Alto Amazonas y en el distrito de Pastaza, provincia de Datem del Marañón, región Loreto, y en el distrito de Gregorio Pita de la provincia de San Marcos, región Cajamarca, afectadas por el fuerte sismo ocurrido el 26 de mayo de este año.
Esta medida, que tendrá una vigencia de 60 días calendario, a partir del 25 de setiembre de 2019, permitirá continuar con la ejecución de acciones y medidas de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan en las zonas afectadas, precisa el Decreto Supremo publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano.
La norma dispone que los gobiernos regionales de Loreto y de Cajamarca, así como los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) continuarán con la ejecución de las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.
Dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.
Estas intervenciones contarán con la participación de los Ministerios de Salud; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Agricultura y Riego; de Educación; del Interior; de Defensa; de Transportes y Comunicaciones; de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; de Energía y Minas; así como demás instituciones públicas y privadas involucradas en esta labor.
En los considerandos del Decreto Supremo se indica que, considerando la magnitud de los daños causados a consecuencia del movimiento sísmico ocurrido el 26 de mayo de 2019 y su complejidad de solución, y habiéndose identificado acciones de respuesta y rehabilitación pendientes de culminar, se hace necesario continuar con la ejecución de las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.
La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente, precisa el dispositivo legal.
El Decreto Supremo lleva la firma del presidente de la República, Martín Vizcarra, y está refrendado por el presidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar; así como por los titulares de los ministerios mencionados en la norma.
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