Ángel Delgado Silva, abogado constitucionalista y analista político, sostuvo que la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (UNMSM) tiene el derecho, al ser la universidad más antigua del país, a convocar a representantes ante la Sunedu en el marco de la norma que restablece la autonomía universitaria. También señaló que una acción de amparo no puede anular una ley aprobada por el Congreso.
“La ley que se ha aprobado por el Congreso es una ley legítima, es una ley que está dentro del marco constitucional. Además, incluso Castillo la observó y el Congreso de la República, a través de un mecanismo de insistencia mayoritario, la ratifica y la promulga. Estamos ante una ley aprobada y eso tiene que respetarse si queremos ser fieles al mandato de la Constitución”, dijo en el programa “Hora de cambio” de RCR.
Enfatizó que inaceptable es que una jueza provisional, sea llamada en su calidad de suplente o supernumeraria, para cubrir una vacante y firmar una acción de amparo contra una norma aprobada por el Congreso. “Los jueces supernumerarios son los que mantienen el despacho, pero ningún juez supernumerario se le puede ocurrir ordenar al Congreso de la República se suspenda el proceso legislativo cuando la función principal del Congreso es producir la ley”, indicó.
Manifestó que la aprobación de la ley anterior se dio en circunstancias en las cuales había un escándalo con algunas universidades garaje. “Se generó un estado de ánimo que favoreció una ley que desde el punto de vista de la Constitución vulneraba su artículo 18 porque las universidades son autónomas y si a alguien no le gusta, que cambie la Constitución y estamos todos tranquilos”, afirmó.
“Yo soy de los que creo que Sunedu ha sido una institución que puede haber cumplido con cerrar esas universidades garaje y en segundo lugar ha puesto sobre el tapete un tema que es la calidad de la educación universitaria, pero la lucha por la calidad de la educación universitaria no tiene que ser incompatible con la autonomía que gozan las universidades”, expresó.
Fuente: RCR
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